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  1. Los derechos humanos laborales se encuentran íntima-mente ligados a la seguridad social, al derecho a la permanen-cia en un empleo, al derecho a ser indemnizado en caso de despido sin justa o legal causa, a un salario, a una vivienda, a capacitación y adiestramiento, a una jornada máxima laboral, a la seguridad social, al reparto de utilidades, ...

  2. Los artículos 1° y 3° de la constitución señalan que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los Derechos Humanos. En CACEH hemos elaborado una CARTA DE DERECHOS DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR, la cual podrás consultar en esta liga. Habilidades ...

    • Empleo Estable. Implica la posibilidad de elegir libremente el trabajo y realizarlo de manera voluntaria. Obtener empleo sin discriminación alguna. Ser capacitado/a para realizar el trabajo.
    • Salario Suficiente. Remuneración idónea para satisfacer las condiciones mínimas que permitan llevar una vida digna para la persona trabajadora y su familia.
    • Condiciones Satisfactorias de Trabajo. Comprenden: El horario de trabajo de acuerdo con la ley, la duración máxima de la jornada laboral de 8 horas. Descanso suficiente para recuperar las energías perdidas.
    • Libertad Sindical. Para la persona trabajadora significa: La posibilidad de asociarse o afiliarse a un sindicato o cualquier otra forma de organización laboral para la defensa de los intereses de las personas trabajadoras.
  3. Jorge Carpizo, Derechos Humanos y Ombudsman, 1993. M e es grato escribir estas breves líneas sobre la obra Los derechos humanos laborales, resultado de un convenio de colaboración entre el Tribunal Federal de Concilia-ción y Arbitraje y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH). Entre los compromisos y atribuciones de este Organismo

  4. Por ello surge el concepto de los derechos humanos laborales, que son definidos como todos aquellos derechos humanos vinculados al mundo del trabajo, cuyo propósito posibilita condiciones mínimas satisfactorias de trabajo.

  5. El derecho laboral como derecho humano social. Los derechos sociales son una extensión de los derechos individuales.

  6. Los Derechos Laborales son Derechos Humanos. A partir la creación de la OIT en 1919, se reconoció que la economía mundial necesitaba estándares claros para guiar el desarrollo económico, de tal modo que este pudiese ser sinónimo de justicia social, prosperidad y paz para todas las personas.