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  1. Artículo 1157. La sentencia ejecutoria que declare procedente la acción de prescripción, se inscribirá en el Registro Público y servirá de título de propiedad al poseedor.

  2. La sentencia ejecutoria que declare procedente la acción de prescripción, se inscribirá en el Registro Público y servirá de título de propiedad al poseedor. art 1157 cc. Código Civil Federal. LIBRO SEGUNDO - De los Bienes. TÍTULO SÉPTIMO - De la Prescripción. CAPÍTULO II - De la Prescripción Positiva.

  3. Te explicamos el artículo 1157 del Código Civil español, que hace referencia al momento en el que una deuda se entiende pagada.

  4. CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO INSTITUTO DE INVESTIGACIONES LEGISLATIVAS CÓDIGO CIVIL PARA EL DISTRITO FEDERAL Última reforma publicada en la G.O.C.D.M.X. el 02 de marzo de 2021

    • Identidad de La Prestación
    • Integridad de La Prestación
    • Indivisibilidad de La Prestación

    En las obligaciones de dar o de hacer, el deudor no puede obligar al acreedor a recibir cosa distinta de la convenida, aunque sea de igual o mayor valor (art. 1166 CC) pues sólo la identidad de la prestación libera al deudor. En la práctica el acreedor suele aceptar "prestaciones de mayor valor" convirtiéndose en "dación en pago". En las obligacion...

    La deuda sólo queda pagada cuando completamente se ha entregado la cosa o se ha hecho la prestación objeto de la obligación (art. 1157 CC) . Identidad e integridad están íntimamente relacionadas, sin embargo la doctrina mantiene que no existe identidad absoluta entre ellas. La integridad supone, entre otras cosas, lo siguiente: 1. En las obligacion...

    La integridad de la prestación excluye el cumplimiento fraccionado aunque el objeto de ésta sea por naturaleza divisible. La indivisibilidad es una concreción de la integridad. Como regla general, el acreedor puede rechazar la pretensión del deudor de pago fraccionado, excepto: 1. Que el contrato así lo autorice. En la práctica se frecuente que el ...

  5. Identidad (1157 CC): Hay que cumplir con aquello a lo que se refería la prestación. Hace referencia a las características intrínsecas (calidad de la cosa) y extrínsecas (plazo). Las prestaciones facultativas son una excepción.

  6. Según el artículo 1157 del Código Civil, una deuda no se considera completamente pagada hasta que se haya entregado por completo el objeto o se haya realizado la prestación que está obligado a cumplir el deudor.