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  1. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 17-01-2024 1 de 368 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  2. Artículo 1392. El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho o servicio. Artículo 1393. No produce efecto el legado si por acto del testador pierde la cosa legada la forma y denominación que la determinaban. Artículo 1394. El testador puede gravar los legados no sólo a los herederos, sino a los mismos ...

  3. Te explicamos el artículo 1392 del Código Civil Federal de México, que aclara distintos aspectos relacionados con el legado.

  4. La sociedad de gananciales concluirá de pleno derecho: 1.º Cuando se disuelva el matrimonio. 2.º Cuando sea declarado nulo. 3.º Cuando se acuerde la separación legal de los cónyuges. 4.º Cuando los cónyuges convengan un régimen económico distinto en la forma prevenida en este Código. art 1392 cc.

  5. Art. 1392 Código Civil de la Ciudad de México Artículo 1392 El legado puede consistir en la prestación de la cosa o en la de algún hecho o servicio. - Legislación mexicana 2021. Código Civil Artículo 1392 Ciudad de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2024. Código Civil Ciudad de México. Artículo 1392.

  6. Código Civil Federal› Libro Tercero - De las Sucesiones. Código Civil Federal. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF.

  7. Código Civil para el Distrito Federal Artículo 1392 Bis . El legado también puede consistir en la titularidad sobre bienes o derechos digitales almacenados en algún equipo de cómputo, servidor, plataforma de resguardo digital, dispositivo electrónico, redes sociales o dispositivos físicos utilizados para acceder a un recurso restringido ...