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  1. 19 de may. de 2024 · Es bueno recordar que por ley se le deben dar alimentos a toda persona mayor de edad que los necesite, a menos que esta persona haya cometido delitos contra quien deba dárselos.

  2. Código civil Articulo 155 <Artículo derogado por el artículo 15 de la Ley 25 de 1992.> Anterior. Siguiente >> Estructura Código civil. Título preliminar. Capitulo I.

  3. ARTICULO 166. <MUTUO CONSENTIMIENTO - SEPARACION DE CUERPOS>. <Artículo modificado por el artículo 16 de la Ley 1a. de 1976. El nuevo texto es el siguiente:> El juez para decretar la separación de cuerpos no estará sujeto a las restricciones del artículo 155 de este código.

  4. sidn.ramajudicial.gov.co › SIDN › DOCTRINACódigo Civil Colombiano

    TITULO I. De las personas en cuanto a su nacionalidad y domicilio. Capítulo i. División de las personas 25. Capítulo II. Del domicilio en cuanto depende de la residencia. y del ánimo de permanecer en ella 25. Capítulo III. Del domicilio en cuanto depende de la condición.

  5. ARTICULO 154. <CAUSALES DE DIVORCIO>. <Artículo modificado por el artículo 6 de la Ley 25 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> Son causales de divorcio: 1. <Aparte tachado INEXEQUIBLE> Las relaciones sexuales extramatrimoniales de uno de los cónyuges, salvo que el demandante las haya consentido, facilitado o perdonado.

  6. Código Civil; Anterior (Artículo 154) Siguiente (Artículo 156) Código Civil Artículo 155o. Colombia Art. 155 CC. Iuris; Colombia; Código Civil;

  7. El artículo 155 del Código Civil español hace referencia a las obligaciones de los hijos en las relaciones paterno-filiales como: Obedecer y respetar a los padres durante la patria potestad. En función de sus posibilidades, debe contribuir con los gastos familiares.