Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Artículo 193. Objeto del recurso de suplicación. El recurso de suplicación tendrá por objeto: a) Reponer los autos al estado en el que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que haya producido indefensión.

  2. El artículo 193 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) establece que el recurso de suplicación tiene como objetivo principal corregir errores o violaciones de normas o garantías procesales que hayan causado indefensión.

    • Primero
    • Tercero
    • Cuarto
    • Quinto
    • Motivos de Impugnación Procesal
    • Pretensiones Que Podemos Solicitar Al Amparo de Una Impugnación Procesal

    Únicamente impugnación por motivos procesales: artículo 193 a) LRJS, con la pretensión de conseguir una nulidad de actuaciones. En estos supuestos no es necesario vincular esa petición con una revisión fáctica al amparo de la letra b) del citado artículo. A este respecto,una llamada de atención; tengamos en cuenta que siúnicamente alegamos infracci...

    De forma acumulada, revisión fáctica del artículo 193 b) y denuncia jurídica, artículo 193 c) (la más habitual en la práctica si no existen motivos de impugnación procesal).

    Acumuladamente, impugnación procesal, artículo 193 a), y de manera subsidiaria, denuncia jurídica, artículo 193 c).

    Acumuladamente, impugnación por motivos procesales, artículo 193 a), y subsidiariamente, revisión fáctica, artículo 193 b), y denuncia jurídica, artículo 193 c). Si vamos a solicitar declaración de nulidad de la sentencia a través de la vía que ofrece el artículo 193 a) de la LRJS , es preciso tener en cuenta que la finalidad de dicha vía impugnato...

    – Presupuestos de índole procesal, apreciables de oficio o a instancia de parte: excepción de falta de litisconsorcio pasivo necesario, falta de competencia, jurisdicción, inadecuación de procedimiento, falta de legitimación, tanto activa como pasiva, defecto de representación, caducidad de la acción e indebida acumulación de acciones. – Excepcione...

    – Reposición de las actuaciones al momento en el que se encontraban en el momento de la infracción de las normas o garantías del procedimiento, articulando una petición de nulidad total o parcial de las actuaciones, que siempre ha de alegarse de forma expresa en el cuerpo del recurso y en el suplico, puesto que no puede apreciarse de oficio por el ...

  3. Se ha mantenido la regla clásica del proceso social, relativa a los testigos, que se integra con el principio general, ex artículo 293.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre las causas de anticipación de la prueba.

  4. La Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS) es una norma que trata de regular los procedimientos laborales, así como la resolución de conflictos, la tutela judicial efectiva y la seguridad jurídica en el ámbito del derecho laboral.

  5. 5 de may. de 2022 · La idoneidad de la prueba de los instrumentos de reproducción de la palabra, la imagen o el sonido para revisar los hechos declarados probados en la sentencia de instancia, al amparo del artículo 193 b) de la LRJS, se enmarca dentro de un recurso de carácter extraordinario.

  6. Artículo 193. Objeto del recurso de suplicación. El recurso de suplicación tendrá por objeto: a) Reponer los autos al estado en el que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que haya producido indefensión.