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  1. Artículo 1591 del Código Civil. El testamento marítimo solamente producirá efectos legales falleciendo el testador en el mar, o dentro de un mes contado desde su desembarque en algún lugar donde conforme a la ley mexicana o extranjera, haya podido ratificar u otorgar de nuevo su última disposición. art 1591 cc.

  2. El artículo 1591 del Código Civil español hace referencia a la responsabilidad decenal del contratista en caso de que un edificio se arruinara por vicios de la construcción durante un plazo de 10 años. Para este caso, tendrá que responder de los daños y perjuicios que existan así como la entrega de una indemnización.

  3. A la hora de exigir la responsabilidad contractual por defectos constructivos aparecidos en nuestra vivienda, el artículo 1591 del Código Civil establece las pautas más generales mientras que la LOE delimita aquellos aspectos de un carácter más específico.

  4. 5 de jun. de 2019 · La STS de 10 de marzo de 2004 declara que el art. 1591 CC autoriza las actividades reparadoras de los vicios ruinógenos con base en la responsabilidad legal. Esto es: Obras de subsanación y reparación « in natura » a cargo del contratista y en su caso del promotor, técnicos y personas que resultasen condenadas, a fin de dejar ...

    • El Concepto de Ruina: Ruina Propia Y Ruina Funcional
    • Las Personas responsables
    • El carácter Solidario de La Responsabilidad
    • Plazos Del Ejercicio

    Afirma el art. 1591 que contratista y arquitecto responden cuando un edificio “se arruinase”, respectivamente, por vicios de la construcción y vicio del suelo o de la dirección técnica. Propiamente hablando, ruina significa destrucción, desplome o desmoronamiento del edificio. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha incorporado el concepto de la llamad...

    El art. 1591 declara responsables solamente al contratista y al arquitecto. Sin embargo, la jurisprudencia ha realizado una interpretación extensiva del precepto, adaptándolo a las circunstancias actuales, para declarar la posible responsabilidad de otros protagonistas de la actividad inmobiliaria. Así, además del contratista o constructor y arquit...

    Según el art. 1591, el constructor responde de los vicios de la construcción y el arquitecto de los vicios del suelo y de la dirección. Sin embargo, en la mayoría de los supuestos, la sentencia que pone fin al proceso suele acabar por concluir la imposibilidad de individualización de la responsabilidad, y por consiguiente, estima la reclamación de ...

    Aunque el tema ha sido, y es, objeto de amplio debate de la doctrina, la conclusión más segura sobre el juego de los plazos temporales contemplados en el art. 1591 (decenal para arquitecto y contratista; quincenal por incumplimiento de las condiciones del contrato) es considerar que tales plazos no son de prescripción ni de caducidad, sino plazos d...

  5. 24 de may. de 2012 · En el ejercicio de la acción por incumplimiento contractual resulta irrelevante la cuestión de que si los defectos reclamados puedan o no considerase como ruinógenos, dado que no resulta preciso acudir al art. 1591 CC -EDL 1889/1-o al art. 17 LOE -EDL 1999/63355-.

  6. El artículo 1591 del Código Civil español hace referencia a la responsabilidad decenal del contratista en caso de que un edificio se arruinara por vicios de la construcción durante un plazo de 10 años. Para este caso, tendrá que responder de los daños y perjuicios que existan así como la entrega de una indemnización.