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  1. El artículo 173 del Código Penal, que forma parte del capítulo de las torturas y otros delitos contra la integridad moral regula, las acciones constitutivas de delitos de trato degradante (173.1), acoso laboral (173.1), acoso inmobiliario (173.1), vejaciones (173.2 y 173.4) y violencia doméstica (173.2). Por norma general, se castiga con ...

    • Vejaciones

      Actualmente, el delito leve de vejaciones está tipificado en...

  2. Nacional de Ejecución Penal, publicada en el DOF 16-06-2016, “se derogan las normas contenidas en el Código Penal Federal y leyes especiales de la federación relativas a la remisión parcial de la pena, libertad preparatoria y sustitución de la pena durante la ejecución”. Al margen un sello que dice: Poder Ejecutivo Federal.-

  3. Artículo 173 del Código Penal. Se aplicarán de tres a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad: Al que indebidamente intercepte una comunicación escrita que no esté dirigida a él, aunque la conserve cerrada y no se imponga de su contenido.

  4. Código Penal Ciudad de México Artículo 173. Se impondrá de uno a cinco años de prisión y de cien a quinientos días multa, al ascendiente, descendiente, cónyuge, pariente colateral o afín hasta el cuarto grado, que sustraiga, retenga u oculte a un menor o incapaz y que sobre éste no ejerza la patria potestad, la tutela o mediante ...

  5. CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Últimas Reformas DOF 22-06-2017 1 de 221 CÓDIGO PENAL FEDERAL Nuevo Código Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto de 1931 TEXTO VIGENTE Últimas reformas publicadas DOF 22-06-2017 1.

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  6. Hace 5 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2024. Código Penal Federal Federal. Artículo 173. Se aplicarán de tres a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad: I.- Al que abra indebidamente una comunicación escrita que no esté dirigida a él, y. II.-.

  7. Artículo 173. Se aplicarán de tres a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad: (PÁRRAFO REFORMADO D.O.F. 30 DE DICIEMBRE DE 1991, 10 DE ENERO DE 1994) I.- Al que abra indebidamente una comunicación escrita que no esté dirigida a él, y. II.-