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  1. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/05/2024. Código Civil y Comercial Nacional. Artículo 1746. Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica. En caso de lesiones o incapacidad permanente, física o psíquica, total o parcial, la indemnización debe ser evaluada mediante la determinación de un capital ...

  2. 3 de abr. de 2017 · Entre las muchas novedades que el Código Civil y Comercial (CCyC) ha traído, nos encontramos con este texto del art. 1746, referido a la estimación de la indemnización resarcitoria de las disfuncionalidades (1) psicofísicas. Ciertamente la mentada norma dice: Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica.

  3. Se presumen los gastos médicos, farmacéuticos y por transporte que resultan razonables en función de la í­ndole de las lesiones o la incapacidad. En el supuesto de incapacidad permanente se debe indemnizar el daño aunque el damnificado continúe ejerciendo una tarea remunerada.

  4. Del artículo 1738, en función con el 1741, 1745 y 1746 CCYC, surge que existen dos tipos de consecuencias resarcibles: las patrimoniales y las extrapatrimoniales. Por tanto, no cabe en este sistema otro tipo de consecuencias dañosas resarcibles.

  5. El art. 1746 del CCyC ahora precisa que “En caso de lesiones o incapacidad permanente, física o psíquica, total o parcial, la indemnización debe ser evaluada mediante la determinación de un capital, de tal modo que sus rentas cubran la disminución de la aptitud del damnificado para realizar actividades productivas o económicamente ...

  6. El art. 1746 CCyC presume expresamente los gastos médicos, farmacéuticos y de transporte, siempre que resulten razonables en función de la índole de las lesiones o la incapacidad. Se trata de una presunción legal iuris tantum, que admite, por lo tanto, prueba en contrario.

  7. 19 de sept. de 2015 · articulo 1746.- Indemnización por lesiones o incapacidad física o psíquica. En caso de lesiones o incapacidad permanente, física o psíquica, total o parcial, la indemnización debe ser evaluada mediante la determinación de un capital, de tal modo que sus rentas cubran la disminución de la aptitud del damnificado para realizar ...