Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. La presente ley es aplicable a todos aquellos contratos en los cuales las entidades estatales encarguen a un inversionista privado el diseño y construcción de una infraestructura y sus servicios asociados, o su construcción, reparación, mejoramiento o equipamiento, actividades todas estas que deberán involucrar la operación y ...

  2. La presente ley es aplicable a todos los contratos en los cuales las entidades estatales encarguen a un inversionista privado, tanto el diseño como la construcción de una infraestructura, como su construcción, reparación o mejoramiento y mantenimiento, actividad que involucra además su operación.

  3. La presente ley es aplicable a todos aquellos contratos en los cuales las entidades estatales encarguen a un inversionista privado el diseño y construcción de una infraestructura y sus servicios asociados, o su construcción, reparación, mejoramiento o equipamiento, actividades todas estas que deberán involucrar la operación y ...

  4. 10 de ene. de 2012 · La presente ley es aplicable a todos aquellos contratos en los cuales las entidades estatales encarguen a un inversionista privado el diseño y construcción de una infraestructura y sus servicios asociados, o su construcción, reparación, mejoramiento o equipamiento,...

  5. La presente ley es aplicable a todos aquellos contratos en los cuales las entidades estatales encarguen a un inversionista privado el diseño y construcción de una infraestructura y sus servicios asociados, o su construcción, reparación, mejoramiento o equipamiento, actividades todas estas que deberán involucrar la operación y mantenimiento de di...

  6. La ley 1508 de 2012 o de asociaciones público-privadas y su impacto jurídico sobre el desarrollo de la infraestructura en Colombia. Juan Pablo Caicedo M*. *Documento de investigación realizado para optar por el título de Abogado de la Universidad de Los Andes.

  7. La aparición de la ley 1508 de 2012 crea y regula la figura de Asociaciones Público Privadas (APP), que se definen en el artículo 1 de la ley como: “Un instrumento de vinculación de Capital privado que se materializa en un contrato entre una Entidad estatal y una persona natural o jurídica de derecho privado,