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  1. Oficina Principal y Sucursales del Banco de la República, intermediarios del mercado cambiario, personas naturales y jurídicas que efectúen operaciones de cambio y de inversiones internacionales ASUNTO 10: PROCEDIMIENTOS APLICABLES A LAS OPERACIONES DE CAMBIO Actualizado al 1 de septiembre de 2021 1 Anexo 3 NUMERALES CAMBIARIOS INGRESOS

  2. 1601 Otros conceptos. 26 1631 * Intereses por la emisión y colocación de bonos en moneda legal colombiana. 23 1695 Servicios culturales, artísticos y deportivos. 23 1696 Pasajes 24 1703 Servicios de comunicaciones. 24 1704 Comisiones no financieras. 25 1706 Viajes de negocios, gastos educativos, pagos laborales a residentes, seguridad social. 25

  3. Definir los numerales cambiarios que deben utilizar los residentes y no residentes, al diligenciar las declaraciones de cambio (Formularios 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 10), por operaciones de cambio, o las operaciones cambiadas autorizadas en moneda legal colombiana.

  4. 2. Las entidades que no sean intermediarios del mercado cambiario que manejen o administren dichos sistemas deben presentar la declaración de cambio por “Servicios, transferencias y otros conceptos” (Formulario No. 5) utilizando el numeral cambiario 1601 para ingresos de divisas y el numeral 2904 para egresos de divisas, cada vez que realicen

  5. Numerales cambiarios (Anexo 1 de la Circular Reglamentaria DCIP-83) | Banco de la República. Inicio. Novedades de Normatividad. Numerales cambiarios (Anexo 1 de la Circular Reglamentaria DCIP-83) View PDF. Español. Descargar. Publicado el: Martes, 12 de septiembre de 2023.

  6. Se modifica el numeral 1.10.1 “Tarjetas débito y crédito” del Capítulo 1, el cual quedará así. 1.10.1. Tarjetas débito y crédito

  7. SIE - Mercado cambiario. Tipos de Cambio Peso/Dólar. Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en dólares de los EE.UU.A., pagaderas en la República Mexicana 1/. Fecha. FIX. 29/05/2024. 16.9500. Más información.