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  1. Instancia: Suprema Corte de Justicia de la Nación Novena Época Materia(s): Civil OSCURIDAD DE LA DEMANDA. IMPLÍCITAMENTE SE PREVÉ COMO UNA EXCEPCIÓN DILATORIA EN LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 34 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

  2. Conforme a la doctrina y a la jurisprudencia, la excepción de oscuridad o defecto legal en la forma de proponer la demanda, sólo puede hacerse valer cuando ésta no llena alguno o algunos de los requisitos de forma que debe tener, de acuerdo con la ley; y es de explorado derecho que la resolución que admite una demanda y da forma al juicio ...

  3. 3 de feb. de 2023 · Criterio jurídico: La excepción de oscuridad de la demanda, también conocida como defecto legal en el modo de proponerla o inepto libelo es dilatoria, procesal y de estudio en la fase de depuración procesal de la audiencia preliminar del juicio oral mercantil, en términos de la fracción I del artículo 1390 Bis 32 del Código ...

  4. 3 de feb. de 2023 · CUANDO SE ACTUALICE LA EXCEPCIÓN DE OSCURIDAD DE LA DEMANDA ANTE EL INCUMPLIMIENTO DEL ACTOR A LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS DEL ARTÍCULO 899-C DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, NO SE DEBE ABSOLVER RESPECTO DE LAS PRESTACIONES RELACIONADAS, SINO DEJAR A SALVO SUS DERECHOS PARA QUE LOS HAGA VALER EN DIVERSA OPORTUNIDAD.

  5. oscuridad e imprecisión de la demanda, ya que en caso de no cumplirse el referido presupuesto procesal (expresión de hechos en que se funda la pretensión), debe declararse la improcedencia de la acción, con fundamento en el artículo 355 del mencionado ordenamiento. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL

  6. Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la oscuridad o imprecisión de la demanda, constituye una deficiencia que conduce a prevenir al promovente para que la aclare, corrija o complete y no desecharla de plano, acorde con el artículo 325 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria al ...

  7. Criterio jurídico: La excepción de oscuridad de la demanda, también conocida como defecto legal en el modo de proponerla o inepto libelo es dilatoria, procesal y de estudio en la fase de depuración procesal de la audiencia preliminar del juicio oral mercantil, en términos de la fracción I del artículo 1390 Bis 32 del Código de Comercio.

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