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  1. 13 de oct. de 2020 · Qué es Constitución: Constitución es el conjunto de principios, normas y reglas que pretenden establecer la forma de un Estado de Derecho, así como organizar ese mismo Estado, delimitándolo, a través de sus propias instituciones de la Administración Pública y estableciendo procedimientos y sanciones para que el mismo Estado ...

  2. En este tema introductorio respondemos a las preguntas: qué es, para qué sirve y cuál es el impacto de la Constitución, conocida también como “La Carta Magna”, en la vida diaria. Una constitución es un acuerdo de reglas de convivencia, es decir, una forma de pacto político y social.

  3. Definición de. Constitución. La Constitución recoge las normas fundamentales de un Estado. Del latín constitutio, constitución es la acción y efecto de constituir (formar, fundar, componer, erigir). La constitución es la esencia de algo que lo constituye como es y lo diferencia de otras cosas.

  4. 7 de ago. de 2020 · Doctrina. Filosofí­a / Teorí­a del derecho. ( 17) Las constituciones se caracterizan por ser un conjunto de meta-reglas sobre los poderes públicos, incluso aquél de mayoría, que están obligados por ellas a la separación recíproca y al respecto de los derechos fundamentales de todos.

  5. Una constitución (del latín constitutio, -ōnis) es un texto codificado de carácter jurídico - político, surgido de un poder constituyente, que tiene el propósito de constituir una separación de poderes, definiendo y creando los poderes constituidos ( legislativo, ejecutivo y judicial ), 1 que anteriormente estaban unidos o entremezclados, y su...

  6. Las constituciones son documentos jurídicos, políticos y sociales y, por tanto, actúan como puntos de confluencia del sistema jurídico, el sistema político y la sociedad (véase la figura 2.1). Figura 2.1. La constitución como documento político, social y jurídico. IDEA Internacional 9 2.

  7. adquiridos por terceros o por integrantes de la comunidad, al uso y disfrute preferente de los recursos naturales de los lugares que habitan y ocupan las comunidades, salvo aquellos que corresponden a las áreas estratégicas, en términos de esta Constitución. Para estos efectos las comunidades podrán asociarse en términos de ley.