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Del Domicilio Artículo 29.- El domicilio de las personas físicas es el lugar donde residen habitualmente, y a falta de éste, el lugar del centro principal de sus negocios; en ausencia de éstos, el lugar donde simplemente residan y, en su defecto, el lugar donde se encontraren.
Código Civil Federal. › Libro Cuarto - De las Obligaciones. › Primera Parte - De las Obligaciones en General. › Título Cuarto - Efectos de las Obligaciones. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. I - Efectos de las Obligaciones entre las Partes (Cumplimiento de las Obligaciones - Incumplimiento de las Obligaciones)
Artículo 2156 La calificación de los vicios de la cosa enajenada se hará por peritos nombrados por las partes, y por un tercero que elegirá el juez en caso de discordia. Artículo 2157
Artículo 2185. Tiene lugar la compensación cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho. Artículo 2186. El efecto de la compensación es extinguir por ministerio de la ley las dos deudas, hasta la cantidad que importe la menor. Artículo 2187
9 de abr. de 2024 · Código Civil Federal Federal Artículo 2156. La calificación de los vicios de la cosa enajenada se hará por peritos nombrados por las partes, y por un tercero que elegirá el juez en caso de discordia.
19 de may. de 2024 · Artículo 2156. Mandato especial y general. Si el mandato comprende uno o más negocios especialmente determinados, se llama especial; si se da para todos los negocios del mandante, es general; y lo será igualmente si se da para todos, con una o más excepciones determinadas.
Las controversias judiciales del orden civil deberán resolverse conforme a la letra de la ley o a su interpretación jurídica. A falta de ley se resolverán conforme a los principios