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  1. Conclusión. En conclusión, la huelga ha sido y sigue siendo una herramienta fundamental para los trabajadores en México. A lo largo de la historia del país, la lucha obrera y la huelga han sido una parte fundamental de la vida laboral y política, y han contribuido a mejorar las condiciones de vida de los trabajadores y a defender sus derechos.

  2. 504552455A2E7670. EL DERECHO DE HUELGA. Gerardo Valente PÉREZ LÓPEZ. Si se tiene como origen de las diferencias sociales un sistema económico basado en una idea mercantilista de producción, la finalidad del orden ju-rídico sería el buscar soluciones humanistas a tales diferencias para, por lo menos, atemperar las tribulaciones que ...

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  3. a huelga, en el capítulo tres haremos un análisis crítico de la situación de este derecho en nuestro ordenamiento jurídico, analizando las disposiciones particulares de la Constitución Política de la Republica y del Código del Trabajo.

  4. Lo cierto es que el derecho de huelga ha sido consagrado constitucionalmente, y que de esta afirmación resultan las siguientes consecuencias jurídicas:

    • Definición de huelga. El Tribunal Constitucional al definir la huelga sostiene: 40. Este derecho consiste en la suspensión colectiva de la actividad laboral, la misma que debe ser previamente acordada por la mayoría de los trabajadores.
    • Reconocimiento constitucional del derecho de huelga. La Constitución Política de 1993, en su artículo 28° reconoce expresamente el derecho de huelga, precisando en su inciso 3) que su ejercicio debe ejercerse en armonía con el interés social, precisando además que es un derecho sujeto a excepciones y limitaciones.
    • Características de la huelga. La huelga presenta las características siguientes: a) Suspensión del trabajo: La huelga implica dejar de hacer, dejar de trabajar; queda por ello fuera de esta definición cualquier acto que consista en disminuir o variar el ritmo de trabajo que no implique la suspensión de las labores.
    • Efectos de la declaración de huelga. Los efectos de la declaración de una huelga están previstos en el artículo 77° del TUOLRCT, y son los siguientes
  5. El derecho constitucional de huelga. Expresión cimera de la autotutela colectiva, la huelga se significa como uno de los puntales del derecho sindical y del trabajo. Enraizado en la estructura de la resistencia obrera, constituye un derecho sillar de las estrategias reivindicatorias del trabajo organizado.

  6. 27 de oct. de 2023 · La regulación de las huelgas en México se encuentra en el artículo 450 y siguientes de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Estos artículos definen las condiciones bajo las cuales una huelga se...

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