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19 de ene. de 2007 · Reglamento (CE) n o 1925/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006 , sobre la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias determinadas a los alimentos. DO L 404 de 30.12.2006, p. 26–38 (ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
28 de sept. de 2017 · El Reglamento: establece las normas de la UE relativas a la adición de vitaminas, minerales y otras sustancias a los alimentos; armoniza las distintas normas vigentes en los países de la UE para facilitar el comercio de alimentos dentro de la UE y para mejorar la protección de los consumidores;
El Reglamento (CE) Nº 1925/2006, de 20 de diciembre regula la adición de vitaminas y minerales a los alimentos y la utilización de otras determinadas sustancias o ingredientes que contienen sustancias distintas de las vitaminas o los minerales, cuando se añaden a los alimentos o se usan en su elaboración en condiciones tales que supongan ...
14 de may. de 2024 · SuplEmentos alimenticios: Productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de ...
15 de may. de 2019 · Requisitos para la adición de vitaminas y minerales. Únicamente podrán añadirse a los alimentos las vitaminas y/o los minerales que figuran en las listas del anexo I, en las formas que se enumeran en las listas del anexo II, supeditado a las normas establecidas en el presente Reglamento.
Vitaminas y minerales siempre y cuando no excedan el límite permitido, establecido en el apéndice XVII 1.1 y 1.2 del Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios. Aditivos permitidos, incluidos en el Acuerdo por el que se determinan las sustancias permitidas como aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos ...
Dicho esto, el Tribunal de Justicia indica que, a efectos de su inclusión en la información nutricional relativa a un alimento, que debe figurar en el etiquetado como complemento a la lista de ingredientes, el Reglamento designa las vitaminas con denominaciones como «Vitamina A», «Vitamina D» o «Vitamina E».