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  1. 15 de ene. de 2019 · Solicitar al INSS la reconsideración del alta, por discrepar con la misma. En este supuesto el INSS, en los 7 días naturales siguientes debe resolver en el sentido de reconocer la prórroga de la situación de incapacidad temporal o mantener el alta médica.

  2. La falta de alta médica, una vez agotado los 365 días, supondrá que el trabajador se encuentra en la situación de prórroga de incapacidad temporal por presumirse que, dentro del período subsiguiente de ciento ochenta días, aquel puede ser dado de alta médica por curación o mejoría.

  3. Manifestar la disconformidad con el alta médica emitida por el INSS. Qué necesita para realizarlo. Cumplimentar la solicitud. Documentación original acreditativa del poder de representación ostentado por la persona solicitante (DNI, NIE o Pasaporte). A tener en cuenta.

  4. 22 de abr. de 2024 · Se trata del informe médico que elaboran los médicos del Instituto Nacional de Seguridad Social y que es uno de los documentos que utiliza el Equipo de Valoración de Incapacidades para valorar si procede o no la concesión de la Incapacidad Permanente.

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  6. Qué necesita para realizarlo. Rellenar el formulario de solicitud. Anexar el informe del médico asistencial donde se indique la procedencia del alta médica por mejoría o curación. Tener un expediente de incapacidad temporal activo en la provincia del INSS a la que dirija los informes.

  7. Alta médica: Tras reconocimiento médico, si la inspección médica del INSS considera que el trabajador ha recuperado su capacidad laboral, emitirá el parte de alta por curación o mejoría. En Catalunya, será la CEI quién proponga esta situación de alta al INSS que emitirá la resolución correspondiente.