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  1. I.- Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria; II.- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles; III.- Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de éstas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio. Artículo 4o.-

  2. Artículo 98. Los Prestadores de Servicios de Certificación determinarán y harán del conocimiento de los usuarios si las Firmas Electrónicas Avanzadas o Fiables que les ofrecen cumplen o no los requerimientos dispuestos en las fracciones I a IV del artículo 97.

  3. Por el contrato de sociedad dos o más personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o actividad social.

  4. Última Reforma DOF 28-03-2018. El Código de Comercio se aplica en todo México y rige los actos comerciales y operaciones mercantiles. En este Código se establece quiénes son comerciantes, sus derechos y obligaciones, así como qué actos son considerados actos de comercio.

  5. Artículo 98. Los Prestadores de Servicios de Certificación determinarán y harán del conocimiento de los usuarios si las Firmas Electrónicas Avanzadas o Fiables que les ofrecen cumplen o no los requerimientos dispuestos en las fracciones I a IV del artículo 97.

  6. Código de Comercio. Última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de marzo de 2018. Cantidades actualizadas por Acuerdo DOF 28-12-2023.