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  1. 8 de abr. de 2021 · La extinción de las obligaciones se refiere a los actos jurídicos que producen la liberación del obligado de la obligación contraída. Normalmente, la liberación del obligado tiene lugar al extinguirse la obligación; es por ello que se toma en cuenta como modos de extinguir las obligaciones.

  2. 15 de ago. de 2018 · La extinción de obligaciones en el derecho mexicano. De acuerdo con la legislación civil mexicana, deben considerarse como modos de extinción de las obligaciones los siguientes: El pago, la compensación, la confusión de derechos, la remisión de deudas, la novación, el mutuo disenso, el desistimiento unilateral, la condición ...

  3. La extinción de obligaciones puede ocurrir de varias maneras, dependiendo de la naturaleza de la obligación y las circunstancias específicas. Puede ser el resultado de un cumplimiento exitoso, un vencimiento de plazo, una rescisión contractual o un acuerdo entre las partes.

  4. Extinción por declaración de una de las partes. El contrato puede ser extinguido total o parcialmente por la declaración de una de las partes, mediante rescisión unilateral, revocación o resolución, en los casos en que el mismo contrato, o la ley, le atribuyen esa facultad.

  5. 5 de may. de 2024 · Cuando se adquiere una obligación civil en México, es importante conocer el proceso para extinguirla de manera legal y efectiva. En este artículo, exploraremos detalladamente los pasos y mecanismos que se pueden emplear para liberarse de una obligación civil en el sistema jurídico mexicano.

  6. 14 de ene. de 2021 · MODOS DE EXTINCIÓN. La convención extinta: Las obligaciones se extinguen cuando el acreedor y el deudor, de mutuo acuerdo, deciden darla por saldada sin que realmente se haya cumplido la prestación debida.

  7. Código Civil Federal. › Libro Cuarto - De las Obligaciones. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Primera Parte - De las Obligaciones en General (Título Primero - Título Sexto) Título Primero - Fuentes de las Obligaciones (Capítulo I - Capítulo VI) Capítulo I - Contratos (Artículo 1792 - Artículo 1859)