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  1. La Novísima Recopilación de las Leyes de España, publicada en 1805, es una recopilación del derecho castellano y español, usada también como texto para los estudios jurídicos durante el siglo XIX.

  2. La Novísima Recopilación. In document Historia Del Derecho Completo (página 40-42) Se difunde desde mitad del s.XVIII la idea de codificación en Europa. Encargado por Carlos IV se sanciona en 1805 “La Novísima Recopilación de Leyes de España”.En 1808 se publica un suplemento con leyes posteriores, para mantenerla actualizada.28. En resumen.

  3. Cuerpo de leyes de España recopiladas en 1802, con vigencia desde 1805 se basa principalmente, reproduciéndola en mayor medida, en la nueva recopilación de 1567 se aplicó en España hasta la sanción del código civil de 1889 y en hispanoamerica hasta la sanción de sus propias leyes y códigos.

  4. Nueva Recopilación. Apariencia. ocultar. La Recopilación de Leyes de estos reinos, o Nueva Recopilación de Leyes de Castilla, es un cuerpo legal de la Monarquía Hispánica del Antiguo Régimen, sancionado oficialmente el 14 de marzo de 1567 por el rey Felipe II.

  5. Nueva recopilación. La obra compiladora de diversos autores que, luego de aprobada por el Consejo de Castilla, fue promulgada por Felipe 11 en 1567, con el nombre de Nueva Recopilación de las Leyes de España, único ensayo legislativa general entre las Leyes de Toro y la Novísima Recopilación, y que vino a reemplazar el Ordenamiento de ...

  6. LA NOVÍSIMA RECOPILACIÓN (1805) Concepto de Novísima recopilación Promulgación Vigencia hasta 1889 Enlace a la definición del diccionario jurídico RAE: aquí 1 Español

  7. El texto pertenece a la Novísima Recopilación. Toma un Decreto de Nueva Planta promulgado por Felipe V el 29-6-1707 para Aragón y Valencia. Fuente Jurídica inmediata con carácter de ley. Ámbito de aplicación territorial. Sistema Jurídico de la recepción del Derecho Común. B)Comentario interno.