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  1. El albacea no puede vender una propiedad de la herencia sin el consentimiento y participación de los herederos, salvo que sea estrictamente necesaria para el pago de deudas o cumplimiento de la voluntad establecida en el testamento.

  2. Si es procedente la venta del inmueble en su calidad de albacea, pero es necesario que reúna y guarde los comprobantes de la operación para poder responder posteriormente por la administración de la herencia.

  3. El Albacea es un encargado un administrador, un designado para repartir. Si es heredero, obtenga la autorización para vender y consiga el cliente, ahorrese una escrituración.

  4. Si para el pago de una deuda u otro gasto urgente, fuere necesario vender algunos bienes, el albacea deberá hacerlo, de acuerdo con los herederos, y si esto no fuere posible, con aprobación judicial.

  5. Si no se ha realizado la adjudicación y se quiere vender un bien, es necesario que todos los herederos estén de acuerdo. En caso de que la venta sea urgente, el albacea puede solicitar un permiso ante autoridad judicial, quien, si lo estima procedente, emitirá una autorización para llevar a cabo la transacción.

  6. La respuesta a esta pregunta es , un albacea puede vender una propiedad, pero siempre y cuando cumpla con los requisitos legales establecidos para ello. La venta de una propiedad como parte de la sucesión requiere de ciertos trámites y autorizaciones, los cuales deben ser realizados por el albacea de manera adecuada y transparente.

  7. ¿Al ser albacea se tiene el derecho de vender el terreno? ¿Puede heredera sacar de una casa a una persona no vencida en juicio? Explica tu caso a nuestros abogados