Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Artículo 1501 del Código Civil. El comprador deberá intereses por el tiempo que medie entre la entrega de la cosa y el pago del precio, en los tres casos siguientes: 1.º Si así se hubiere convenido. 2.º Si la cosa vendida y entregada produce fruto o renta.

  2. CÓDIGO CIVIL FEDERAL Disposiciones Preliminares Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal. Artículo 2o.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no

  3. Artículo 1501. El especial puede ser: I. Privado; II. Militar; III. Marítimo, y. IV. Hecho en país extranjero. Artículo 1502. No pueden ser testigos del testamento: I. Los amanuenses del Notario que lo autorice; II. Los menores de dieciséis años; III. Los que no estén en su sano juicio; IV. Los ciegos, sordos o mudos;

  4. 24 de mar. de 2024 · El especial puede ser: I. Privado; II. Militar; III. Marítimo, y. IV. Hecho en país extranjero. Federal de México Artículo 1501 Código Civil Federal.

  5. Artículo 1501 del Código Civil. El comprador deberá intereses por el tiempo que medie entre la entrega de la cosa y el pago del precio, en los tres casos siguientes: 1.º Si así se hubiere convenido. 2.º Si la cosa vendida y entregada produce fruto o renta.

  6. 5 de may. de 2024 · Artículo 1501. Cosas esenciales, accidentales y de la naturaleza de los contratos. Se distinguen en cada contrato las cosas que son de su esencia, las que son de su naturaleza, y las puramente accidentales.

  7. No se da el allanamiento de morada si se dió o entregó el inmueble, materia del contrato. Responder en la página. Código Civil Hidalgo Artículo 2385. Invitado. 08/03/24 00:15:22.