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  1. 28 de may. de 2024 · Art. 1669 16 de Mayo de 2000 Código Civil Artículo 1669 CC Los créditos y deudas del heredero que aceptó con beneficio de inventario no se confunden con las de

  2. El primero puede fundarse con aportaciones en propiedad -artículos 1673, 1674 y 1678 del Código Civil-, o con aportaciones en goce y puede constituir un patrimonio autónomo si la sociedad tiene personalidad jurídica o sólo indiviso si no tiene personalidad y entonces se rige por las normas de la comunidad de bienes -artículo 1669 Código Civil-; el segundo se desdobla en tres ...

  3. Artículo 1665 del Código Civil. Código Civil. La sociedad es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de partir entre sí las ganancias. art 1665 cc. El artículo 1665 del Código Civil español marca la definición de sociedad civil. Código Civil.

  4. ARTICULO 1669 .-. Forma. El contrato, que debe Inscribirse en el Registro Público que corresponda, puede celebrarse por Instrumento público o privado, excepto cuando se refiere a bienes cuya transmisión debe ser celebrada por Instrumento público. En este caso, cuando no se cumple dicha formalidad, el contrato vale como promesa de otorgarlo.

  5. Se efectúa la subrogación, en virtud de una convención del acreedor, cuando éste, recibiendo de un tercero el pago de la deuda, le subroga voluntariamente en todos los derechos y acciones que le corresponden como tal acreedor; la subrogación en este caso está sujeta a la regla de la cesión de derechos, y debe hacerse en la carta de pago ...

  6. Art. 1669 NOCION DE CONTRATO Código Civil Artículo 1669 Contrato es el convenio que produce o transfiere derechos y obligaciones. del Estado de Morelos

  7. Artículo 1653.-. Pueden aceptar o repudiar la herencia todos los que tienen la libre disposición de sus bienes. Artículo 1654.-. La herencia dejada a los menores y demás incapacitados, será aceptada por sus tutores, quienes podrán repudiarla con autorización judicial, previa audiencia del Ministerio Público. Artículo 1655.-.