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  1. Hace 5 días · Artículo 176. Obligaciones entre conyuges. Los cónyuges están obligados a guardarse fe, a socorrerse y ayudarse mutuamente, en todas las circunstancias de la vida. Colombia Art. 176 CC. Hacer una pregunta en los comentarios.

  2. Hace 4 días · Código Civil. Artículo 951. Accion publiciana. Se concede la misma acción aunque no se pruebe dominio, al que ha perdido la posesión regular de la cosa, y se hallaba en el caso de poderla ganar por prescripción. Pero no valdrá ni contra el verdadero dueño, ni contra el que posea con igual o mejor derecho. CONTRA QUIEN SE PUEDE REIVINDICAR.

  3. Hace 4 días · Código Civil Artículo 889. La reivindicación o acción de dominio es la que tiene el dueño de una cosa singular, de que no está en posesión, para que el poseedor de ella sea condenado a restituírsela. Chile Art. 889 CC

  4. Hace 4 días · Código Civil Artículo 1754.. No se podrán enajenar ni gravar los bienes raíces de la mujer, sino con su voluntad. La voluntad de la mujer deberá ser específica y otorgada por escritura pública, o interviniendo expresa y directamente de cualquier modo en el acto.

  5. Hace 5 días · Código Civil. Artículo 887. Alteraciones en la servidumbre. El dueño del predio sirviente no puede alterar, disminuir, ni hacer más incómoda para el predio dominante la servidumbre con que está gravado el suyo. Con todo, si por el transcurso del tiempo llegare a serle más oneroso el modo primitivo de la servidumbre, podrá proponer que ...

  6. Hace 4 días · Art. 2058 CCCN Facultades de la asamblea LEY 26.994, 8 de Octubre de 2014 Código Civil y Comercial Artículo 2058 CCC La asamblea es la reunión de propietarios facultada para resolver: a) las cuestiones que le son atri de la Nación

  7. Hace 4 días · Art. 2046 CCCN Obligaciones LEY 26.994, 8 de Octubre de 2014 Código Civil y Comercial Artículo 2046 CCC El propietario está obligado a: a) cumplir con las disposiciones del reglamento de propiedad horizon de la Nación