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  1. 1 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Decreto Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales. Artículo 59. Realización del costo para los obligados a llevar contabilidad.

  2. 11 de may. de 2024 · Artículo 59. Para la comprobación de los ingresos, del valor de los actos, actividades o activos por los que se deban pagar contribuciones, así como de la actualización de las hipótesis para la aplicación de las tasas establecidas en las disposiciones fiscales, las autoridades fiscales presumirán, salvo prueba en contrario:

  3. Hace 6 días · Parte de los dividendo o participaciones que reciba una contribuyente no constituyen renta ni ganancia ocasional, y esa parte no gravada se determina conforme lo establece el artículo 49 del estatuto tributario.

  4. Hace 1 día · El proceso de calificación de entidades beneficiarias de donaciones se encuentra regulado en el Estatuto Tributario y en el Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016. A continuación, se detalla de manera clara y concisa los requisitos que debe cumplir la entidad receptora ante la autoridad tributaria para obtener la calificación:

  5. 11 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Decreto Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales. Artículo 21-1. Para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios, en el valor de los activos, pasivos ...

  6. 7 de may. de 2024 · Resumen. Pagos que comprenden la liquidación respecto a la retención en la fuente. En la liquidación del contrato de trabajo se pagan varios conceptos que tienen tratamiento distinto respecto a la retención en la fuente por salarios, entre los que tenemos: Salarios. Vacaciones. Prima de servicios. Cesantías. Indemnizaciones.

  7. 11 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024. Decreto Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los Impuestos Administrados por la Dirección General de Impuestos Nacionales. Artículo 594. El certificado de ingresos y retenciones reemplaza la declaración para los asalariados no declarantes.