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  1. Hace 5 días · Constitución Nacional Nacional Artículo 14 bis. El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con ...

  2. Hace 4 días · Constitución Política de Chile Artículo 63. Sólo son materias de ley: 1) Las que en virtud de la Constitución deben ser objeto de leyes orgánicas constitucionales; 2) Las que la Constitución exija que sean reguladas por una ley; 3) Las que son objeto de codificación, sea civil, comercial, procesal, penal u otra;

  3. Hace 5 días · Art. 168 Constitución 14 de Septiembre de 1994 Constitución Artículo 168 Los tribunales de justicia deberán resolver todas las cuestiones que le fueren sometidas por las par de la Provincia de Buenos Aires

  4. Hace 4 días · Art. 52 Decreto 100, 17 de Septriembre 2005 Constitución Política de Chile Artículo 52 Son atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados: 1) Fiscalizar los actos del Gobierno. Para ej Iniciar sesión

  5. Hace 5 días · Constitución Nacional Nacional Artículo 14. Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura ...

  6. Hace 4 días · Art. 73 Decreto 100, 17 de Septriembre 2005 Constitución Política de Chile Artículo 73 Si el Presidente de la República desaprueba el proyecto, lo devolverá a la Cámara de su origen con l

  7. Hace 4 días · Constitución Política de Colombia Artículo 329. La conformación de las entidades territoriales indígenas se hará con sujeción a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, y su delimitación se hará por el Gobierno Nacional, con participación de los representantes de las comunidades indígenas, previo concepto de la Comisión de Ordenamiento Territorial.