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  1. Hace 5 días · Código Civil Artículo 1445. Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario: 1º que sea legalmente capaz; 2º que consienta en dicho acto o declaración y su consentimiento no adolezca de vicio; 3º que recaiga sobre un objeto lícito; 4º que tenga una causa lícita.

  2. Hace 5 días · Código de Procedimiento Civil Artículo 770.. El recurso de casación deberá interponerse dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la sentencia contra la cual se recurre, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 791.

  3. Hace 5 días · Código Civil Artículo 1482. Se reputa haber fallado la condición positiva o haberse cumplido la negativa, cuando ha llegado a ser cierto que no sucederá el acontecimiento contemplado en ella, o cuando ha expirado el tiempo dentro del cual el acontecimiento ha debido verificarse, y no se ha verificado. Chile Art. 1482 CC

  4. Código Civil Artículo 1554. La promesa de celebrar un contrato no produce obligación alguna; salvo que concurran las circunstancias siguientes: 1ª. Que la promesa conste por escrito; 2ª. Que el contrato prometido no sea de aquellos que las leyes declaran ineficaces; 3ª.

  5. Hace 5 días · Código Civil Artículo 764. El derecho de usufructo es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa con cargo de conservar su forma y substancia, y de restituirla a su dueño, si la cosa no es fungible; o con cargo de volver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor, si la cosa es fungible. Chile Art ...

  6. 6 de ene. de 2024 · Código Civil Artículo 443. El juicio de interdicción podrá ser provocado por el cónyuge no separado judicialmente del supuesto disipador, por cualquiera de sus consanguíneos hasta en el cuarto grado, y por el defensor público. El defensor público será oído aun en los casos en que el juicio de interdicción no haya sido provocado por él.

  7. Hace 5 días · Art. 2167 16 de Mayo de 2000 Código Civil Artículo 2167 CC La renuncia del mandatario no pondrá fin a sus obligaciones, sino después de transcurrido el tiempo