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  1. Hace 5 días · Código Federal de Procedimientos Civiles Federal Artículo 146. La parte que desee rendir prueba pericial, deberá promoverla dentro de los diez primeros días del término ordinario o del extraordinario, o en su caso, por medio de un escrito en que formulará las preguntas o precisará los puntos sobre que debe versar; hará la designación del perito de su parte, y propondrá un tercero ...

  2. Hace 6 días · Art. 265 el 24 de febrero de 1943 Código Federal de Procedimientos Civiles Artículo 265 Si se revoca la calificación del grado y se declara admisible la apelación en ambos efectos, se orde de la Federación

  3. Hace 5 días · Código Penal Artículo 183. El que sin ser culpable de la participación a que se refiere el artículo anterior, se hubiere procurado a sabiendas papel sellado o estampillas falsos y los emitiere introdujere en la República, será castigado con presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de once a veinte unidades tributarias mensuales.

  4. Hace 6 días · Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales Federal Artículo 39. 1. El incumplimiento de las obligaciones señaladas por este Código se sancionará en los términos del Libro Séptimo del mismo. 2.

  5. Hace 5 días · Código Federal de Procedimientos Civiles Federal Artículo 444. De todo secuestro se tendrá como depositario o interventor, según la naturaleza de los bienes que sean objeto de él, a la persona o institución de crédito, que bajo su responsabilidad, nombre el ejecutante, salvo lo dispuesto en los artículos 445, 448 y primero y último párrafo del 449.

  6. Hace 5 días · Código Federal de Procedimientos Civiles Federal Artículo 305. Todos los litigantes, en el primer escrito o en la primera diligencia judicial en que intervengan, deben designar casa ubicada en la población en que tenga su sede el tribunal, para que se les hagan las notificaciones que deban ser personales.

  7. Hace 6 días · Código Federal de Procedimientos Civiles Federal Artículo 424. En cualquier otro caso en que se despache ejecución, mandará el tribunal que se requiera al deudor, para que, en el acto de la diligencia, cubra las prestaciones reclamadas, y que en caso de no hacerlo, si no hubiere bienes embargados afectos al cumplimiento de la obligación, o los que hubiere no fuesen suficientes, se le ...