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  1. 20 de may. de 2024 · La encontramos en el artículo 490 de la LECrim, que establece quien puede detener, y en concreto: “Cualquier persona puede detener: 1.º Al que intentare cometer un delito en el momento de ir a cometerlo. 2.º Al delincuente in fraganti.”

  2. Hace 4 días · Artículo 129. Detención en caso de flagrancia. Cualquier persona podrá detener a quien sorprendiere en delito flagrante, debiendo entregar inmediatamente al aprehendido a la policía, al ministerio público o a la autoridad judicial más próxima.

  3. 11 de may. de 2024 · El presidente del Poder Judicial, Javier Arévalo Vela, presentó el Proyecto de Ley 7777/2023-PJ, para ampliar la detención policial en casos de flagrancia de 48 a 72 horas e incluir en el plazo de detención preliminar de 15 días a personas que cometen delitos de robo, extorsión, sicariato, secuestro y trata de personas ...

  4. 16 de may. de 2024 · Modificación del numeral 3 del artículo 20 del Código Penal. El artículo 1 de la Ley N°32026 dispone la modificación de los literales a) y c) así como del numeral 3 del artículo 20 del Código Penal que regula la institución de la legítima defensa y sus requisitos.

  5. Hace 4 días · Situación de flagrancia. Se entenderá que se encuentra en situación de flagrancia: a) El que actualmente se encontrare cometiendo el delito; b) El que acabare de cometerlo; c) El que huyere del lugar de comisión del delito y fuere designado por el ofendido u otra persona como autor o cómplice;

  6. 21 de may. de 2024 · Artículo 188. Detención en caso de flagrancia. Cualquier persona podrá detener a quien sorprendiere en delito flagrante, debiendo entregarla inmediatamente a la autoridad más próxima y ésta con la misma prontitud al ministerio público, quien registrará la detención.

  7. 16 de may. de 2024 · Este beneficio es inaplicable en los supuestos de flagrancia, de irrelevancia de la admisión de los cargos en atención a los elementos probatorios incorporados en el proceso y cuando el agente tenga la condición de reincidente o habitual de conformidad con los artículos 46-B y 46-C del Código Penal.