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  1. DECRETO NÚMERO . 811 . DE 2021 Página 2 de 59 ~ontinuación . del decreto: "Por el cual se sustituye el Título 11 de la Parte 8 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016 Unico Reglamentario del Sector Salud y Protección Social, en relación con el acceso seguro . e . informado al uso del cannabis y de la planta de cannabis"

  2. 6 de dic. de 2021 · El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona las Secciones 2 y 3 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá D.C. a los 06 días del mes de diciembre del año 2021.

  3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona las secciones 2 y 3 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 6 de diciembre de 2021. IVÁN DUQUE MÁRQUEZ.

  4. DECRETO 162 DE 2021. por medio del cual se modifica el Decreto 1686 de 2012. El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política, y en desarrollo del artículo 417 de la Ley 9ª de 1979 y artículo 245 ...

  5. El presente decreto se entiende incorporado a la ley 2094 de 2021 y rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE . Dado en Bogotá D.C, a los 6 días del mes de diciembre de 2021 . EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO, WILSON RUIS OREJUELA

  6. Adición de la Sección 3 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Adiciónese la Sección 3 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: Artículo 3º. Vigencia.

  7. cijuf.org.co › normatividad › 20211652 DE - CIJUF

    1625. de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria." c. Los servicios prestados en nuevos hoteles que se construyan en municipios de Igualo superior. a. doscientos mil habitantes, tal y como lo certifique la autoridad competente. a. 31 de diciembre de 2018, dentro de los seis (6) años siguientes. a.