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  1. Deducción de inversiones. Título I - Renta. Art. 143. Deducción por amortización de activos intangibles. * -Modificado- Son deducibles, en la proporción que se indica en el presente artículo, las inversiones necesarias en activos intangibles realizadas para los fines del negocio o actividad, si no lo fueren de acuerdo con otros artículos ...

  2. 869-1 . Supuestos para la aplicación del artículo 869 del estatuto tributario. 869-2. Facultades de la administración tributaria en caso de abuso. 869-3. Procedimiento de mutuo acuerdo. Libro VI Adicionado; 870. Gravamen a los movimientos financieros, GMF. 871. Hecho generador del GMF. 872. Tarifa del gravamen a los movimientos financieros. 873.

  3. Sin perjuicio de lo previsto en los numerales 2) y 3) del presente artículo y en los artículos 22 y 23 del Estatuto Tributario, las corporaciones, fundaciones y asociaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro, que no cumplan las condiciones señaladas en el numeral 1) de este artículo, son contribuyentes del impuesto sobre la renta, para cuyo efecto se asimilan a sociedades ...

  4. 869-1 . Supuestos para la aplicación del artículo 869 del estatuto tributario. 869-2. Facultades de la administración tributaria en caso de abuso. 869-3. Procedimiento de mutuo acuerdo. Libro VI Adicionado; 870. Gravamen a los movimientos financieros, GMF. 871. Hecho generador del GMF. 872. Tarifa del gravamen a los movimientos financieros. 873.

  5. 869-1 . Supuestos para la aplicación del artículo 869 del estatuto tributario. 869-2. Facultades de la administración tributaria en caso de abuso. 869-3. Procedimiento de mutuo acuerdo. Libro VI Adicionado; 870. Gravamen a los movimientos financieros, GMF. 871. Hecho generador del GMF. 872. Tarifa del gravamen a los movimientos financieros. 873.

  6. 869-1 . Supuestos para la aplicación del artículo 869 del estatuto tributario. 869-2. Facultades de la administración tributaria en caso de abuso. 869-3. Procedimiento de mutuo acuerdo. Libro VI Adicionado; 870. Gravamen a los movimientos financieros, GMF. 871. Hecho generador del GMF. 872. Tarifa del gravamen a los movimientos financieros. 873.

  7. Art. 257. Las personas que reciban directamente del Banco de la República los Certificados de Reembolso Tributario, CERT, tendrán derecho a descontar del impuesto sobre la renta y complementarios a su cargo, en el año gravable correspondiente a su recibo, el treinta y cinco por ciento (35%) del valor de tales certificados, cuando se trate de sociedades, o la tarifa que figure frente a la ...