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  1. Derecho Romano II. 2do Semestre. Unidad 9. Sucesión testamentaria Por: Guadalupe de la Rosa Tenorio. SUCESIÓN TESTAMENTARIA EN ROMA. Testamento. Es la figura jurídica por medio de la cual el de cuius o autor de la herencia transmite su patrimonio con derechos y obligaciones, como un acto jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre.

  2. DERECHO ROMANO II Araceli Gil Benitez. ASESOR: ELSY LILIAN ROMERO C. GRUPO:8202D. ADVOCATUS ROMANUS. CASO PRÁCTICO. Julio cesar, habitante de Roma tenía muchas dificultades económicas ya que en su anterior trabajo tuvo un problema con su jefe el cual era dueño de un negocio de transporte de personas, productos y mercancías, siendo el problema que, al transportar las pertenencias de un ...

  3. 1 de ene. de 2012 · En una época en la que los procesos de globalización, unificación y armonización hacen necesario el diálogo entre los juristas de diferentes sistemas y ordenamientos, conocer la forma como los juristas romanos clásicos delimitaban los problemas que se sometían a su análisis, las controversias argumentativas que fundamentaron sus respuestas y la ductilidad con la que adaptaron el ...

  4. Emperador romano de Bizancio (959-63). Nació en Constantinopla, el año 939, y murió envenenado por su propia mujer, Teófano, el 15 de marzo del año 963, en la misma ciudad. Hijo de Constantino VII Porfirogéneta, fue casado, en el año 944, por el entonces emperador Romano I con la princesa Berta, hija de Hugo de Provenza.

  5. El Imperio romano [nota 5] fue el periodo de la civilización romana posterior a la República y caracterizado por una forma de gobierno autocrática.En su apogeo controló un territorio que abarcaba desde el océano Atlántico al oeste hasta las orillas del mar Caspio y Rojo al este, y desde el desierto del Sahara al sur hasta las orillas de los ríos Rin y Danubio y la frontera con Caledonia ...

  6. El Derecho Romano es la doctrina racional o ciencia que elaboraron los juristas de la antigua Roma, especialmente durante la época clásica (130 a.C a 230 d.C.), para el discernimiento de la conducta justa a seguir en las relaciones patrimoniales entre las personas o entre una persona y la comunidad. En su acepcion se entiende por derecho ...

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