Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Hace 3 días · Código Civil Artículo 1567. Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula. Las obligaciones se extinguen además en todo o parte: 1º. Por la solución o pago efectivo; 2º. Por la novación; 3º. Por la ...

  2. Hace 3 días · Código Civil. Artículo 1567. Perdidas de cosas debidas por obligacion de genero. La pérdida de algunas cosas del género no extingue la obligación, y el acreedor no puede oponerse a que el deudor las enajene o destruya mientras subsistan otras para el cumplimiento de lo que debe. DE LAS OBLIGACIONES SOLIDARIAS.

  3. Hace 3 días · Código Civil. Artículo 1568. Definicion de obligaciones solidarias. En general cuando se ha contraído por muchas personas o para con muchas la obligación de una cosa divisible, cada uno de los deudores, en el primer caso, es obligado solamente a su parte o cuota en la deuda, y cada uno de los acreedores, en el segundo, sólo ...

  4. Hace 4 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024. Código Civil. Artículo 1569. El pago se hará bajo todos respectos en conformidad al tenor de la obligación; sin perjuicio de lo que en casos especiales dispongan las leyes.

  5. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024. Código Civil. Artículo 1527. Definicion de obligaciones civiles y naturales. Las obligaciones son civiles o meramente naturales. Civiles son aquellas que dan derecho para exigir su cumplimiento.

  6. Hace 3 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024. Código Civil. Artículo 567. Muebles son las que pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviéndose ellas a sí mismas, como los animales (que por eso se llaman semovientes), sea que sólo se muevan por una fuerza externa, como las cosas inanimadas.

  7. Hace 3 días · ÍNDICEArtículo primero. Objeto y ámbito de aplicación.Artículo segundo. Modificación del artículo relativo a la identificación del título.Artículo tercero. Modificaciones relativas a las cualificaciones profesionales y unidades de competencia.Artículo cuarto. Modificación del artículo relativo a los módulos profesionales.Artículo quinto. Modificación del artículo relativo al ...