Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. El artículo 1566 del Código Civil español hace referencia a las obligaciones y los derechos de las partes en un contrato de arrendamiento: el arrendador y el arrendatario.

  2. 20 de jul. de 2023 · Según el Tribunal Supremo, la tácita reconducción a que se refiere el artículo 1566 del Código civil tiene la naturaleza jurídica de un nuevo contrato de arrendamiento que se perfecciona por el consentimiento tácito de los contratantes.

  3. Artículo 1566. Para que en los casos enumerados en el artículo que precede pueda otorgarse testamento privado, es necesario que al testador no le sea posible hacer testamento ológrafo. Artículo 1567

  4. CÓDIGO CIVIL FEDERAL Disposiciones Preliminares Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal. Artículo 2o.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no

  5. 28 de ago. de 2021 · El artículo 1566 del Código Civil dispone: «Si al terminar el contrato, permanece el arrendatario disfrutando quince días de la cosa arrendada con aquiescencia del arrendador, se entiende que hay tácita reconducción por el tiempo que establecen los artículos 1.577 y 1.581, a menos que haya precedido requerimiento».

  6. 22 de mar. de 2022 · El artículo 1566 del Código Civil establece que si al terminar el contrato, permanece el inquilino disfrutando quince días de la vivienda o local, se sobreentiende que el dueño lo consiente y por tanto el contrato entra en tácita reconducción.

  7. Artículo 1566 del Código Civil. La nueva relación contractual tiene las siguientes características: Finalizado el contrato de arrendamiento, el arrendatario continúa disfrutando de la cosa arrendada.