Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Hace 3 días · Art. 35 Comportamientos que afectan las relaciones entre las personas y las autoridades Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia Artículo 35 Código Nacional de Policía y Convivencia Los siguientes comportamientos afectan la relación entre las personas y las autoridades y por

  2. Hace 3 días · Art. 223 Trámite del proceso verbal abreviado Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia Artículo 223 Código Nacional de Policía y Convivencia Se tramitarán por el proceso verbal abreviado los comportamientos contrarios a la convivencia.

  3. Hace 3 días · Art. 206 Atribuciones de los inspectores de policía rurales, urbanos y corregidores Ley 1801 de 2016 Código Nacional de Policía y Convivencia Artículo 206 Código Nacional de Policía y Convivencia Les corresponde la aplicación de las siguientes medidas: 1. Conciliar para la solución

  4. Hace 2 días · Bogotá, conocida por sus días de lluvia, ofrece múltiples oportunidades para poner en práctica este truco. Se pueden colocar baldes y recipientes grandes en el exterior para recolectar el agua de lluvia y luego usarla para lavar el vehículo, lo que permitirá reducir en gran medida el uso de las fuentes hídricas disponibles en su hogar.

  5. Hace 1 día · Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 35 fracciones I y IV del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, la Dirección General de Información Legislativa recopila y procesa la información que se presenta en esta página, la cual proviene de fuentes públicas, entre ellas, las gacetas de la Cámara de Diputados y del Senado.

  6. Hace 3 días · Iniciativa de Ley de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal de 2021. Iniciativa de Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal de 2021. Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de La Paz para el Ejercicio Fiscal de 2021. Iniciativa de Ley de Ingresos del Municipio de Los Cabos para el Ejercicio Fiscal de 2021.

  7. Hace 3 días · Código Civil Artículo 1801 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 19-05-2024. Código Civil. Artículo 1801. La venta se reputa perfecta desde que las partes han convenido en la cosa y en el precio; salvas las excepciones siguientes.