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  1. Hace 6 días · Código Civil Artículo 1208 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024. Código Civil. Artículo 1208. Un descendiente no puede ser desheredado sino por alguna de las causas siguientes: 1ª. Por haber cometido injuria grave contra el testador en su persona, honor o bienes, o en la persona, honor o ...

  2. Hace 6 días · Código Civil Artículo 2468 Chile. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28-05-2024. Código Civil. Artículo 2468. En cuanto a los actos ejecutados antes de la cesión de bienes o la apertura del concurso, se observarán las disposiciones siguientes: 1a.

  3. Hace 6 días · Código Civil Artículo 1277. Integracion de la legitima Contribuirán a formar o integrar lo que en razón de su legítima se debe al demandante, los legitimarios del mismo orden y grado

  4. Hace 6 días · Artículo 426. Libre disposicion de las pensiones atrasadas. No obstante lo dispuesto en los dos artículos precedentes, las pensiones alimenticias atrasadas podrán renunciarse o compensarse; y el derecho de demandarlas, transmitirse por causa de muerte, venderse y cederse; sin perjuicio de la prescripción que competa al deudor ...

  5. Hace 6 días · Artículo 393. No será lícito al tutor o curador, sin previo decreto judicial, enajenar los bienes raíces del pupilo, ni gravarlos con hipoteca, censo o servidumbre, ni enajenar o empeñar los muebles preciosos o que tengan valor de afección; ni podrá el juez autorizar esos actos, sino por causa de utilidad o necesidad manifiesta. Chile Art. 393 CC.

  6. Hace 6 días · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 28/05/2024. Código Civil. Artículo 1073. Contenido del testamento. En el testamento se expresará el nombre y apellido del testador; el lugar de su nacimiento; la nación a que pertenece; si está o no avecindado en el territorio, y si lo está, el lugar en que tuviere su ...

  7. Hace 1 día · Ley del Impuesto Sobre la Renta. Sin Nombre del Articulo. 113-G / LISR. SECCIÓN III. DE LOS INGRESOS POR LA ENAJENACIÓN DE BIENES O LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS A TRAVÉS DE INTERNET, MEDIANTE PLATAFORMAS TECNOLÓGICAS, APLICACIONES INFORMÁTICAS Y SIMILARES. Artíulo 113-G.- Los contribuyentes sujetos al régimen previsto en esta Sección ...