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  1. 1. f. Acción y efecto de exceptuar. 2. f. Cosa que se aparta de la regla o condición general de las demás de su especie. 3. f. Der. Título o motivo jurídico que el demandado alega para hacer ineficaz la acción del demandante; como el pago de la deuda, la prescripción del dominio, etc.

  2. excepción. f. Exclusión de lo que se sale de lo común o normal: díselo a todos sin excepción. Cosa que se aparta de la regla general: hoy nos acostaremos pronto como excepción. der. Motivo jurídico que se alega o para defenderse de la acción del demandante: excepción dilatoria.

  3. 4 de sept. de 2001 · excepción. 1. Este sustantivo forma parte de la locución preposicional a excepción de, que significa 'exceptuando' algo o a alguien: «Serán suspendidas todas las actividades públicas y privadas, a excepción de los servicios de emergencia» (Tiempos [Bol.] 4.9.2001). También se utiliza en la construcción absoluta excepción hecha de, de ...

  4. Esta herramienta jurídica es un medio de defensa que se concede al demandado para forzar que el juez evalúe una petición concreta y se detenga el curso normal del procedimiento. La excepción procesal es una herramienta jurídica a disposición de la persona demandada para resistirse a la acción que ha interpuesto el demandante. El objetivo ...

  5. excepciones. 1. Efecto y acción de exceptuar o excluir. 2. Irregularidad o exclusión. 3. Que no sigue la regla general dentro de las de su clase.

  6. CONCLUSIÓN. La palabra excepción, pronunciada con vocal tónica en la "o", Lleva tilde.

  7. echaría. Excepcíon lleva tilde. Razón: Se produce un hiato formado por una vocal débil acentuada (i,u) junto a una vocal fuerte (a,e,o). Este hecho se marca con una tilde en la vocal débil.Aunque es una palabra llana (o grave) acabada en 'n', 's' o vocal y no llevaría tilde según las reglas generales, la formación de hiato por acento en ...

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