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  1. Artículo 167. Iniciación del procedimiento de apremio. 1. El procedimiento de apremio se iniciará mediante providencia notificada al obligado tributario en la que se identificará la deuda pendiente, se liquidarán los recargos a los que se refiere el artículo 28 de esta ley y se le requerirá para que efectúe el pago. 2.

    • Disposiciones generales del ordenamiento tributario. [Bloque 3: #ci] Principios generales. [Bloque 4: #a1] Jurisprudencia. Artículo 1.
    • Los tributos. [Bloque 25: #ci-2] Disposiciones generales. [Bloque 26: #s1-2] Sección 1.ª La relación jurídico-tributaria. Subir. [Bloque 27: #a17]
    • La aplicación de los tributos. [Bloque 119: #ci-3] Principios generales. [Bloque 120: #s1-5] Sección 1.ª Procedimientos tributarios.
    • La potestad sancionadora. [Bloque 274: #ci-4] Principios de la potestad sancionadora en materia tributaria. [Bloque 275: #a178]
  2. El motivo a alegar será el establecido en el artículo 167.3.c) LGt que se refiere a que la deuda haya sido suspendida en periodo voluntario o en periodo ejecutivo.

    • II
    • III
    • IV
    • Vi
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    El título I, «Disposiciones generales del ordenamiento tributario», contiene principios generales y preceptos relativos a las fuentes normativas y a la aplicación e interpretación de las normas tributarias. El artículo 1 de la ley delimita el ámbito de aplicación de la misma, como ley que recoge y establece los principios y las normas jurídicas gen...

    El título II, «Los tributos», contiene disposiciones generales sobre la relación jurídico-tributaria y las diferentes obligaciones tributarias, así como normas relativas a los obligados tributarios, a sus derechos y garantías, y a las obligaciones y deberes de los entes públicos. Se regulan también los elementos de cuantificación de las obligacione...

    En el título III se regula la aplicación de los tributos y es uno de los ámbitos donde se concentra una parte importante de las novedades que presenta la nueva ley, tanto en su estructura como en su contenido. El título III se compone de cinco capítulos: el capítulo I, que consagra principios generales que deben informar la aplicación de los tribut...

    El título V, relativo a la revisión en vía administrativa, contiene también importantes modificaciones respecto a la regulación que sobre esta materia contemplaba la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria bajo la rúbrica de «gestión tributaria» en su acepción más amplia, ya superada en la nueva ley. El título V regula todas las modali...

    Toda norma integrante del ordenamiento jurídico debe ser concebida para que su comprensión por parte de los destinatarios sea lo más sencilla posible, de forma que se facilite el cumplimiento de los derechos, deberes y obligaciones contenidos en la misma. Dada la extensión y complejidad que necesariamente acompaña a una Ley General Tributariacon vo...

  3. 27 de sept. de 2019 · Lo primero que hay que decir es que, a la hora de recurrir una providencia de apremio, no vale todo, ni se puede alegar lo que el contribuyente considere. Muy al contrario, los motivos de oposición son tasados, y se encuentran en el artículo 167.3 de la Ley General Tributaria (LGT).

  4. Se impugna la providencia de apremio invocando el motivo contemplado en el artículo 167.3.c) LGT, es decir, la deuda cuya recaudación pretenden los órganos de recaudación no ha sido objeto de notificación al obligado tributario.

  5. RESUMEN: No concurre ninguna de las causas de oposición del artículo 167.3 de la LGT (Ley 58/2003), pues aunque la interesada solicitó aplazamiento fue requerida por la Administración para que presentase la documentación relativa a la garantía ofrecida, de manera que transcurrido el plazo concedido para su aportación sin cumplimentar el requerim...