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  1. Artículo 1113 del Código Civil. Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren por cualquier título legal, incluso la prescripción. art 1113 cc.

  2. Código Civil Federal. Las servidumbres continuas y aparentes se adquieren por cualquier título legal, incluso la prescripción. Las servidumbres continuas no aparentes, y las discontinuas, sean o no aparentes, no podrán adquirirse por prescripción.

  3. CÓDIGO CIVIL FEDERAL Disposiciones Preliminares Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal. Artículo 2o.- La capacidad jurídica es igual para el hombre y la mujer; en consecuencia, la mujer no

  4. Te explicamos el artículo 1113 del Código Civil español que explica qué obligaciones serán exigibles.

  5. SECCION PRIMERA - PARTE PRIMERA: DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL. Título I. De la naturaleza y origen de las obligaciones. arts. 495 a 514. Título II. De las obligaciones naturales. arts. 515 a 518. Título III. De los daños e intereses en las obligaciones que no tienen por objeto sumas de dinero.

  6. Explicación sencilla. Esta cita del artículo 1113 del Código Civil establece que una obligación será exigible si no depende de un suceso futuro o incierto, o de un suceso pasado desconocido para los interesados.

  7. Código Civil y Comercial, según ley 26.994 44 1647 g 49 g 48 266 Código Civil, según ley 340 y modificatorias g40 946 g 47 g 4-8 g 49 Código Civil y Comercial, según ley 26.994 274 276 278 2616 Código Civil, según ley 340 y modificatofias IDO 1028 1044 1058 bis 1078 Código Civil y Co mercial, según ley 26.994 1717, Código Civil,