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  1. El artículo 1459 del Código Civil español hace referencia a las personas o intermediarios relacionados a estas personas que no pueden comprar ni en subasta judicial o pública y qué cosas no pueden comprar.

  2. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316

  3. 11 de jun. de 2024 · En este caso, (y, en mi opinión, cuando no se trata de hechos considerados graves o necesariamente dolosos (con la intención positiva de hacer daño personal o a la propiedad de otro), por ejemplo) intentar resolver por medio de un acuerdo entre las partes -usted y, el jefe directo y quien que corresponda) el problema generado a ...

  4. 5 de may. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/05/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 1459. El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere indeterminada y se señalase solamente por género o especie.

  5. El art. 1459 del Código Civil (CC) establece determinadas prohibiciones, que en realidad no se refieren a no poder celebrar genéricamente contratos de compraventa, sino más bien prohíben a personas concretas y determinadas celebrar una compraventa por una razón exigida de neutralidad.

  6. El artículo 1459 del Código Civil español hace referencia a las personas o intermediarios relacionados a estas personas que no pueden comprar ni en subasta judicial o pública y qué cosas no pueden comprar.

  7. El art. 1459 CC que señala unos casos en que determinadas personas no pueden adquirir por compra, aunque sea en subasta pública o judicial, por sí ni por persona alguna intermedia.