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  1. Te explicamos el artículo 1839 del Código Civil español, que hace referencia a los efectos de la fianza entre el deudor y el fiador.

  2. Artículo 1839 del Código Civil. Los contratantes pueden poner las cláusulas que crean convenientes; pero las que se refieran a requisitos esenciales del contrato, o sean consecuencia de su naturaleza ordinaria, se tendrán por puestas aunque no se expresen, a no ser que las segundas sean renunciadas en los casos y términos permitidos por la ...

  3. Artículo 1839. Los contratantes pueden poner las cláusulas que crean convenientes; pero las que se refieran a requisitos esenciales del contrato, o sean consecuencia de su naturaleza ordinaria, se tendrán por puestas aunque no se expresen, a no ser que las segundas sean renunciadas en los casos y términos permitidos por la ley. Artículo 1840

  4. Artículo 1839. Los contratantes pueden poner las cláusulas que crean convenientes; pero las que se refieran a requisitos esenciales del contrato, o sean consecuencia de su naturaleza ordinaria, se tendrán por puestas aunque no se expresen, a no ser que las segundas sean renunciadas en los casos y términos permitidos por la ley.

  5. Código Civil Federal. › Libro Cuarto - De las Obligaciones. › Primera Parte - De las Obligaciones en General. › Título Primero - Fuentes de las Obligaciones. Última Reforma DOF 11-01-2021. Descarga el documento en versión PDF. Capítulo I - Contratos (Artículo 1792 - Artículo 1859)

  6. Artículo 1839 del Código Civil El fiador se subroga por el pago en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor. Si ha transigido con el acreedor, no puede pedir al deudor más de lo que realmente haya pagado.

  7. 1 de may. de 2011 · Los “daños y perjuicios” en la doctrina y jurisprudencia. Cuando el empleador por su sola voluntad rescinde unilateralmente el contrato de trabajo por tiempo determinado sin justa causa “responderá de los daños y perjuicios” (art. 1839 CC).