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  1. Artículo 835. La infracción del artículo que precede, se castigará como delito, de acuerdo con lo que disponga el Código de la materia. Artículo 836

    • Capitulo Ii

      Código Civil Federal › Libro Segundo - De los Bienes ›...

  2. CÓDIGO CIVIL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 03-06-2019 1 de 316 CÓDIGO CIVIL FEDERAL Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928 TEXTO VIGENTE

  3. art 835 cc. Código Civil. LIBRO III. DE LOS DIFERENTES MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD. Título III: De las sucesiones. Capítulo II: De la herencia. Sección VII: Derechos del cónyuge viudo. Artículo 834; Artículo 835; Artículo 836 (Suprimido) Artículo 837; Artículo 838; Artículo 839; Artículo 840

    • ¿Dónde Se Regula La Legítima Del Cónyuge Viudo?
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    • El Pago de La Legítima Del Cónyuge Viudo

    En los artículos 834 y siguientes del Código Civil. Artículo 834: De manera que el cónyuge sobreviviente que esté separado o divorciado no tendrá derecho algunoen la herencia del difunto. Ahora bien, si entre los cónyuges separados hubiera mediado reconciliación notificada al Juzgado que conoció de la separación o al Notario de conformidad con el a...

    El cónyuge viudo no separado judicialmente o de hecho tendrá la condición de legitimario, y como tal, tendrá reconocido un derecho de usufructo parcial sobre la herencia con independencia de la concurrencia o no de descendientes o ascendientes. Ahora bien la cuantía de ese usufructo varía en función de con quien concurra a la herencia. 1. Si concur...

    Antiguamente se requería la concurrencia de una causa legal de separación, siendo inherente a todas ellas, la culpabilidad de uno de los cónyuges. La razón de ser de estas disposiciones era la subsistencia de derechos legitimarios a favor del cónyuge inocente. En la actualidad la separación queda al margen de la culpabilidad, existen supuestos de s...

    Es muy frecuente en la práctica que finalmente se proceda al pago de la legitima del cónyuge viudo, es decir del usufructo que le corresponda mediante el pago en dinero en efectivo. El código civil establece al respecto en los arts 839 y 840 del Código Civil. 1. Los herederos podrán satisfacer al cónyuge su parte de usufructo,asignándole una renta ...

  4. Explicación sencilla. El artículo 835 del Código Civil establece que si entre dos cónyuges que están separados legalmente, ha ocurrido una reconciliación y se ha informado al juzgado o notario que llevó a cabo la separación, el cónyuge sobreviviente conservará sus derechos.

  5. 5 de ene. de 2024 · Código Civil Artículo 835 Ciudad de México. Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024. Código Civil Ciudad de México. Artículo 835. La infracción del artículo que precede, se castigará como delito, de acuerdo con lo que disponga el Código de la materia. Ciudad de México Artículo 835 Código Civil.

  6. 24 de abr. de 2024 · Vigente, con las modificaciones. Última actualización 02/02/2024. Código Civil Federal Federal. Artículo 835. La infracción del artículo que precede, se castigará como delito, de acuerdo con lo que disponga el Código de la materia.