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  1. DECRETO <LEY> 1567 DE 1998. (agosto 5) Diario Oficial No. 43.358, del 10 de agosto de 1998. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA. Por el cual se crean el Sistema Nacional de Capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado. Resumen de Notas de Vigencia. EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA,

  2. DECRETO 1567 DE 1998. (Agosto 5) Por el cual se crea el sistema nacional de capacitación y el sistema de estÃmulos para los empleados del Estado. El Presidente de la República de Colombia, En ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere el artÃculo 66 de la Ley 443 de 1998, DECRETA: Tà TULO PRELIMINAR.

  3. El presente decreto rige a partir de su publicación, modifica en lo pertinente el artículo 22 del Decreto-ley 2400 de 1968, deroga el decreto-ley 1221 de 1993, los artículos 11, <12, 13, 14, 15> a 16 del Decreto-ley 1661 de 1991, el Decreto-ley 3129 de 1968 y las disposiciones que le sean contrarias.

  4. La presente ley rige a partir de su publicación, modifica en lo pertinente la Ley 909 de 2004 y el Decreto-ley 1567 de 1998, y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias. El Presidente del honorable Senado de la República,

  5. En vigencia de la Constitución de 1991 se expidió la Ley 443 de 1998 para regular la carrera administrativa. Dicha ley fue derogada por la Ley 909 de 2004, actualmente vigente, con algunas modificaciones. Entre los asuntos regulados por la Ley 909 están el empleo público y la carrera administrativa.

  6. Por el cual se crea el sistema nacional de capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado.

  7. DECRETO <LEY> 1567 DE 1998. (agosto 5) Diario Oficial No. 43.358, del 10 de agosto de 1998. DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA. Por el cual se crean el Sistema Nacional de Capacitación y el sistema de estímulos para los empleados del Estado. Resumen de Notas de Vigencia. NOTAS DE VIGENCIA: