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  1. La falta de forma establecida por la ley, si no se trata de actos solemnes, así como el error, el dolo, la violencia, la lesión, y la incapacidad de cualquiera de los autores del acto, produce la nulidad relativa del mismo.

  2. Se da lugar a que al contrato se le dé nulidad relativa cuando no se cumple la obligación del comprador o el deber del vendedor. Tiene que haber existido previamente la intención o el ánimo de engañar. Debe proceder del contratante o de una tercera persona con su conocimiento.

  3. El Código Civil de 1928 y, en consecuencia, el Código Civil para el Dis- trito Federal, en materia de nulidades, se identifica con la Teoría de Bonne- case, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2226.

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  4. 29 de sept. de 2021 · La nulidad, sea absoluta o relativa, es una manifestación de la sanción de invalidez del acto jurídico, prescrita por la ley, por adolecer de la falta de un elemento sustancial o requisito de validez, o por la existencia de defectos o vicios de la voluntad en el momento de su celebración.

  5. “nulidad absoluta. puede ejercer la acciÓn relativa todo aquel que cuente con interÉs jurÍdico y de ella se puede prevaler todo interesado una vez decretada por autoridad judicial, conforme al artÍculo 2226 del cÓdigo civil para el distrito federal”. si bien el citado precepto establece que todo

  6. Nuestro Código Civil entiende la rescisión como el acto por el cual una de las partes mantiene a su favor la facultad de accionar judicialmente para lograr la privación de los efectos de un contrato demasiado oneroso.

  7. Así, debe sostenerse que el Código Civil del Estado de México establece quiénes son las personas legitimadas para ejercer la acción de nulidad de un acta del Registro Civil, según se trate del objeto que se busque proteger a través de la acción de nulidad.