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  1. Desde 1830 hasta la actualidad, uno de los aspectos de mayor importancia del político venezolano, lo constituye el establecimiento de un sistema electoral como mecanismo pacífico que regula la sucesión de los gobernantes y la competencia partidista por la obtención del poder.

  2. Este proceso de creación del sistema electoral para la confor-mación del congreso constituyente establecido en la Ley de Con-vocatoria de 17 de junio de 1823 será analizado desde una doble perspectiva. Por un lado, a través del estudio del sistema electoral por el que fueron electos los integrantes del Segundo Congreso

  3. Sistema electoral. Constituían los títulos sexto al noveno de la Constitución. El sistema electoral era de carácter indirecto y se procedía de la siguiente forma: Título Sexto: De las elecciones en general. La disposición inicial para los comicios rezaba lo siguiente:

  4. B. Reglas para la elección de julio 12 de 1830 El 12 de julio de 1830 se publicaron las Reglas para las Elecciones de Diputados y de Ayuntamientos del Distrito y Territorios de la República. Al igual que en el decreto de 1826, las reglas establecieron el voto indi-recto bajo criterios censales, argumento que, por lo demás, provenía de la

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  5. 24 de oct. de 2022 · 8. Sistema electoral conservador. La Constitución de 1830 limitó los derechos políticos (derecho al voto, a la justicia pública, a la herencia, etc.) a los hombres mayores de 21 años, libres, propietarios y alfabetizados.

  6. Concluidas las elecciones, los presidentes de las asambleas electorales pasarán inmediatamente un aviso a los diputados principales nombrados, para que se dispongan a concurrir el día 30 de abril del presente año de 1830 a llenar sus funciones en el Congreso Constituyente de Venezuela, que se reunirá en la ciudad de Valencia.

  7. La historia del derecho electoral mexicano se inicia a principios del siglo XIX, cuando se instituyó en España como sistema de gobierno, la monarquía hereditaria constitucional o moderada, dividiendo el ejercicio del poder en legislativo, ejecutivo y judicial.