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  1. BASES DE LA CONVIVENCIA Y SEGURIDAD CIUDADANA. ARTÍCULO 5. Definición. Para los efectos de este Código, se entiende por convivencia, la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordena-miento jurídico. ARTÍCULO 6. Categorías jurídicas.

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      Ley 1801 de 2016 1 EVA - Gestor Normativo Ley 1801 de 2016...

  2. Para los efectos de este Código, se entiende por convivencia, la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico.

  3. LEY 1801 DE 2016 (julio 29) Diario Oficial No. 49.949 de 29 de julio de 2016 <Rige a partir del 29 de enero de 2017> CONGRESO DE LA REPÚBLICA. Por la cual se expide el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

  4. Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

  5. Capítulo I Objeto del código, ámbito de aplicación y autonomía. Capítulo II Bases de la convivencia y seguridad ciudadana. Título II Poder, Función y actividad de Policía

  6. Bases de la convivencia y seguridad ciudadana. Artículo 5°. Definición. Para los efectos de este Código, se entiende por convivencia, la interacción pacífica, respetuosa y armónica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento jurídico. Artículo 6°. Categorías jurídicas.

  7. 1 de oct. de 2017 · El Código Nacional de Policía y Convivencia se sancionó mediante la Ley 1801 el 29 de julio de 2016 y entra en vigencia seis meses después de la sanción, es decir, el 30 de enero de 2017 según lo dispuesto en el artículo 243.