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Solicita tu devolución. Te permite recuperar las cantidades a tu favor de ISR, IVA, IEPS, entre otras. < Volver. ¿Quiénes lo presentan? Personas físicas. Costo. Trámite gratuito. ¿Cuándo se presenta? Dentro de los cinco años siguientes a la fecha en que se determinó el saldo a favor, se haya realizado el pago de lo indebido, o se de el supuesto.
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Señalar la opción Devolución al presentar tu Declaración Anual 2023. No haber presentado una solicitud de devolución vía Formato Electrónico de Devoluciones (FED). Casos en que no aplica tu devolución automática. Si tu saldo a favor es superior a 150 mil pesos.
Para solicitar la devolución del remanente de tu saldo a favor, ingresa al Portal del SAT con tu RFC y Contraseña, completa el Formato Electrónico de Devoluciones y envíalo con tu e.firma. Si tienes inconsistencias, solvéntalas.