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  1. Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de la publicación en el Registro Oficial, y de su cum limiento encár uese a a Subsecretaría de Seguridad Interna a la Comandancia General de la Policía Nacional. Dado en el Despacho Ministerial, a los i 8 AGO 2010 0u~~~~~ MINISTRO DEL ...

  2. Este Acuerdo es el N.- 1699 de fecha 8 de agosto de 2010 y determina en la segunda directiva respecto al uso de la fuerza, en el punto 3 que: “La fuerza se utilizará en forma adecuada, diferenciada o progresiva de acuerdo al nivel de riesgo y las circunstancias de la intervención con el objetivo de neutralizar (someter, inmovilizar, reducir ...

  3. ANEXO 5 - Acuerdo - Ministerial - 1699 | PDF | Policía | Instituciones sociales. Scribd es red social de lectura y publicación más importante del mundo.

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  4. Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 1699 de 18 de agosto de 2010, se dispuso que la Policía Nacional, en el cumplimiento de sus labores profesionales, adopte las Directivas sobre la Detención, Aprehensión, Uso Progresivo de la Fuerza, Armas No Letales y Letales, Políticas de Salud Mental e Investigación y Apoyo Psicológico;

  5. Acuerdo Ministerial para reglamentar el uso de la fuerza en relación a la Policía Nacional. Este Acuerdo es el N.- 1699 de fecha 8 de agosto de 2010 y determina en la segunda directiva respecto al uso de la fuerza, en el punto 3 que: “La fuerza se utilizará en forma adecuada, diferenciada o progresiva de acuerdo

  6. 1 de jun. de 2021 · Ministerio de Justicia, Derecho Humanos y Cultos del Ecuador (2010). Acuerdo Ministerial No. 1699. Legislación ecuatoriana respecto al uso progresivo de la fuerza. Quito-Ecuador.

  7. 48 deroga reglamento de pases de 1985 acuerdo ministerial 173 25/07/2006 25/07/2006 vigente mi 49 directivas detenciÓn y aprehension y uso progresivo de la fuerza 18 ago 201acuerdo ministerial 1699 vigente mi 50 creacion de la direccion nacional de policia comunitaria acuerdo ministerial 1725