Yahoo Search Búsqueda en la Web

Resultado de búsqueda

  1. Artículo 1859. Las disposiciones legales sobre contratos serán aplicables a todos los convenios y a otros actos jurídicos, en lo que no se opongan a la naturaleza de éstos o a disposiciones especiales de la ley sobre los mismos. Código Civil Federal, Capítulo I, Título Primero, Primera Parte, Libro Cuarto, por Justia México.

  2. Los cónyuges están obligados a vivir juntos, guardarse fidelidad y socorrerse mutuamente. Deberán, además, compartir las responsabilidades domésticas y el cuidado y atención de ascendientes y descendientes y otras personas dependientes a su cargo. Se modifica por el art.1.1 de la Ley 15/2005, de 8 de julio.

  3. Explicación sencilla. Esta cita del artículo 1278 del Código Civil establece que los contratos serán obligatorios, sin importar cómo hayan sido celebrados, siempre y cuando cumplan con las condiciones esenciales para su validez. Esto significa que aunque un contrato haya sido realizado de manera oral o incluso de forma informal, si reúne ...

  4. Civil , se denuncia la vulneración de lo dispuesto en el artículo 148.1. del Código Civil , con relación a la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre dicho precepto legal, y la doctrina jurisprudencial de las Audiencia Provinciales. »2º Al amparo de lo dispuesto en el art. 477.2.3º de la Ley de Enjuiciamiento Civil , se denuncia

  5. Denominación reformada DOF 29-05-2000 (antes “Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal”) Disposiciones Preliminares Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal. Artículo reformado DOF 23-12-1974, 29-05-2000 ...

  6. Denominación reformada DOF 29-05-2000 (antes “Código Civil para el Distrito Federal en Materia Común y para toda la República en Materia Federal”) Disposiciones Preliminares Artículo 1o.- Las disposiciones de este Código regirán en toda la República en asuntos del orden federal. Artículo reformado DOF 23-12-1974, 29-05-2000 ...

  7. Artículo 1291 del Código Civil. Son rescindibles: 1.º Los contratos que hubieran podido celebrar sin autorización judicial los tutores o los curadores con facultades de representación, siempre que las personas a quienes representen hayan sufrido lesión en más de la cuarta parte del valor de las cosas que hubiesen sido objeto de aquellos ...