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  1. ACUERDO por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer que los formatos de declaración de situación patrimonial y de intereses son técnicamente operables con el Sistema de Evolución Patrimonial y de Declaración de Intereses de la Plataforma Digital Nacional, así como el inicio de la obligación de los servidores públicos de presentar sus respectivas ...

  2. ¿Quiénes se encuentran obligados a presentar declaración de modificación patrimonial? Están obligados a presentar declaraciones de situación patrimonial ante la Contraloría del Ayuntamiento de Cuernavaca, todos los servidores públicos del Ayuntamiento, ya sean de base, sindicalizados, eventuales y de confianza, que laboraron en 2023 (sin importar su fecha de ingreso), debiendo ...

  3. ¡Aviso! Con fundamento en los artículos 41 Base III, Apartado C, párrafo segundo, y 134 párrafos primero y séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 209 numeral 1; 442 numeral 1 inciso f) y 449 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; 5, y 11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales; y para hacer valer los principios de ...

  4. Declaración Patrimonial. La Declaración Patrimonial una obligación que se debe realizar ante la Contraloría General: En el Poder Ejecutivo Estatal: Los servidores públicos, desde el nivel de Jefe de Departamento hasta el Gobernador del Estado, y en general todos los que manejen fondos públicos. En la Administración Pública Paraestatal ...

  5. Presenta tu declaración de Situación Patrimonial aquí: ¿Por qué debo presentar mi declaración de situación patrimonial y de intereses? Preguntas Frecuentes V i d e o s Normatividad

  6. DECLARACIÓN DE SITUACIÓN PATRIMONIAL 2023. Para el año 2023, presentarán la declaración “SIMPLIFICADA”, aquellos servidores públicos cuyo nivel jerárquico sea menor al de jefe de Departamento, con un ingreso mensual neto menor a los $14, 000.00. Deberán presentar la declaración “COMPLETA”, aquellos servidores públicos cuando ...

  7. servidoras públicas, presentar su declaración de situación patrimonial y de intereses. (art. 108 Constitucional y arts. 32 y 46 de la LGRA). Dichas declaraciones deben ser presentadas bajo protesta de decir verdad ante los órganos facultados para ello a través de los sistemas correspondientes. ¿Quiénes son servidores públicos?

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