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  1. 19 de sept. de 2017 · Artículo 449 Ley Federal de Trabajo.-Dispone que: “La Junta de Conciliación y Arbitraje y las autoridades civiles correspondientes deberán hacer respetar el derecho de huelga, dando a los trabajadores las garantías necesarias y prestándoles el auxilio que soliciten para suspender el trabajo”. Excepciones de las Huelgas.

  2. 27 de oct. de 2023 · Las huelgas laborales en México han sido una poderosa herramienta en la lucha por los derechos de los trabajadores. Desde la histórica "Huelga de Río Blanco" en 1906 hasta eventos más ...

  3. Título Octavo - Huelgas. Capítulo I - Disposiciones Generales. Última Reforma DOF 27-12-2022. Huelga es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores. Para los efectos de este Título, los sindicatos de trabajadores son coaliciones permanentes. La huelga puede abarcar a una empresa o a uno o varios de ...

  4. Orígenes, evolución y ejercicio de la huelga en el derecho mexicano del trabajo. Texto en donde se explican los antecedentes de la huelga en México, su concepto, requisitos, procedimiento y otros aspectos. Publicado en la Biblioteca Jurídica Virtual de la UNAM. Universidad Nacional Autónoma de México. Derechos Reservados, (C)2015 IIJ-UNAM.

  5. La huelga es un término jurídico que se refiere al derecho de los trabajadores a suspender sus labores de forma colectiva y pacífica, con el fin de exigir mejoras en sus condiciones laborales o defender sus derechos. Es una herramienta legal que busca equilibrar las relaciones entre empleadores y empleados, garantizando el ejercicio de la libertad sindical y el derecho a la negociación ...

  6. CAPITULO V Disposiciones sustantivas de la legislación laboral: El derecho de huelga. Introducción. El derecho de huelga en constituciones y legislaciones. Definición de huelga protegida. Posibles exclusiones del derecho de huelga: empleados públicos, servicios esenciales, servicios mínimos y conflictos de derechos. Empleados Públicos.

  7. LA HUELGA EN MÉXICO Y SU ENTORNO JURÍDICO INTERNACIONAL 169. Las huelgas en los servicios esenciales también se prohíben en varios países, aunque en algunos casos la prohibición depende de si las autoridades deciden someter un conflicto no resuelto en este sector a un procedimiento de arbitra - je obligatorio.

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